Los servicios de patinetes eléctricos regresan a Madrid

El Ayuntamiento autoriza 8.610 unidades, 278 en Tetuán

Los patinetes eléctricos compartidos han vuelto a la ciudad. El Ayuntamiento de Madrid ha concedido 18 autorizaciones a servicios de patinetes gracias a la regulación en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, en vigor desde el pasado 24 de octubre. Para acordar la concesión se ha tenido en cuenta la superficie por la que pueden transitar en cada distrito, de tal forma que se asegure la convivencia con el resto de modos de movilidad. Y, finalmente, el Consistorio ha autorizado 8.610 patinetes distribuidos por todos los barrios y distritos, de los que a Tetuán le corresponden 278 unidades.

Ahora, las empresas autorizadas cuentan con un margen de dos meses para establecerse en la ciudad y comenzar a operar. La regulación planteada tiene el objetivo de lograr que los nuevos socios ejerzan una implantación equilibrada y segura, por lo que se han detallado una serie de requisitos de obligado cumplimiento. Cada patinete debe contar con un seguro para usuarios y terceras personas, geolocalización y aplicaciones que impidan que los puntos de inicio y llegada de los recorridos se realicen en áreas no permitidas para estos aparatos. Además, para que las empresas conserven las concesiones obtenidas, cada día deben recolocar los patinetes de tal forma que cada jornada comience según la distribución acordada.

La edad mínima para conducir estos vehículos está fijada en los 15 años utilizando el casco, mientras que a partir de los 16, su uso es sólo recomendable. Además, el timbre, el sistema de frenado, las luces y los elementos reflectantes son algunos componentes que no pueden faltar en estos aparatos. Para reforzar la seguridad, la Ordenanza de Movilidad Sostenible estipula que los vehículos de movilidad urbana, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, tienen prohibido ir por la acera, carril bus, calles con más de un carril por sentido, y por accesos y tramos no semaforizados de la M-30. De esta forma, su circulación queda reducida a los carriles bici, la calzada de calles integradas dentro de zonas 30, respetando siempre la prioridad del peatón, y por las calles en las que la velocidad máxima sea igual o inferior a los 30 kilómetros por hora.

Una vez finalizado el viaje, los conductores deben estacionar en los lugares reservados para las motocicletas y bicicletas. En el caso de que no exista ninguno habilitado donde se encuentren, podrán aparcarse en la banda de estacionamiento general de la calzada y, en último caso, en las aceras, tratando de favorecer que la calle quede despejada dejando el mayor espacio posible al tránsito de los peatones.

Isabel Garrido


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